El Equipo de Gobierno manifiesta que la sentencia del Tribunal Constitucional que reconoce la inconstitucionalidad de una norma foral vasca y el correspondiente derecho a la devolución del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), recaída en una liquidación concreta de un caso concreto de Guipúzcoa, no es aplicable al resto de los Ayuntamientos, sólo al caso concreto planteado. Aunque sí es previsible que el Tribunal se vuelva a pronunciar ya con carácter general en los próximos meses.
De producirse este hecho, el Gobierno estará obligado a proponer y las Cortes Generales a aprobar, en su caso y con los condicionantes que diga el citado Tribunal, la reforma de este Impuesto en el Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Por ello, el Equipo de Gobierno indica al Grupo Municipal Ciudadanos, en relación a la moción planteada de cara al Pleno Municipal de mañana, que esto acarrearía, de aprobarse, la revisión de todas las liquidaciones efectuadas en los últimos años para averiguar si la liquidación del Impuesto ha recaído en algún tipo de transacción jurídica (compra-venta, donación o sucesión) en la que se haya producido una disminución del valor con respecto al de adquisición del bien inmueble. Aunque, insiste, de momento no afecta al Ayuntamiento de Cuenca, por lo que hay que actuar con prudencia y en los términos estrictos de la sentencia, que a día de hoy no afectan a la ciudad de Cuenca.
No obstante, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha emitido una circular, en la que recomienda esperar al informe que emita la Dirección General de Tributos. A su vez, la FEMP está negociando con el Gobierno la reforma de la financiación local, de forma que ya se ha creado la Comisión de Expertos que va a empezar con carácter inmediato su estudio.
Por eso, y al objeto de no precipitarse y generar alarma social sin motivo, aconseja modificar esta moción para esperar al resultado del informe de la Dirección General de Tributos, con la finalidad de alcanzar un acuerdo común satisfactorio hacia los posibles ciudadanos contribuyentes afectados y salvaguardar asimismo los recursos de las haciendas locales, que van a ser revisados en profundidad.
Finalmente, el Equipo de Gobierno instará al Gobierno Central a estudiar con la FEMP la modificación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, de conformidad con el contenido del Informe que emita la Dirección General de los Tributos y a la luz del pronunciamiento del Tribunal Constitucional que pueda realizar con carácter general en relación con este Impuesto.