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El Pleno aprueba la resolución de la adjudicación del PAU ‘Villarromán IV’

26/05/2017
Sesión extraordinaria y urgente
El Pleno del Ayuntamiento ha aprobado con los votos a favor de los Grupos Popular, Ciudadano y Socialista, y la abstención de Izquierda Unida, la propuesta de resolución de adjudicación del Programa de Actuación Urbanizadora (PAU) del Sector Único denominado ‘Villarromán IV’ del Plan General de Ordenación Urbana de Cuenca al agente urbanizador ‘Promociones González S.A.’.

El concejal de Urbanismo, Julián Huete, ha informado de que el expediente de resolución tiene el visto bueno de la Comisión Regional de Urbanismo y del Consejo Consultivo y que el día 6 de junio caduca el expediente, de ahí la urgencia en convocar el Pleno extraordinario, la cual fue aprobada con los votos a favor del Grupo Popular, Ciudadanos y PSOE y la abstención de Izquierda Unida.

Huete ha calificado de “histórica” esta resolución porque es la primera vez que se hace en la ciudad, “no es una resolución más, sino la prueba de que estamos cambiando la tendencia del urbanismo por eso nos hemos propuesto revisar el Plan de Ordenación Municipal (POM) que cuenta con el apoyo del Pleno. Las cosas no están como hace algunos años por lo que tenemos que revisar el ordenamiento urbanístico porque la ciudad lo necesita y es nuestra obligación”.

La propuesta aprobada recoge la improcedencia de declarar la edificabilidad de algún terreno que hubiere alcanzado la condición de solar, así como la improcedencia de iniciar procedimiento alguno para la reclasificación de terrenos. La improcedencia de incoar procedimiento alguno para acordar una nueva programación del terreno en la que un nuevo urbanizador asuma las obligaciones del antiguo, cancelando por tanto la programación establecida.

En la propuesta se contempla incautar totalmente la garantía prestada por el urbanizador, dada la responsabilidad culposa del urbanizador por incumplimiento de condiciones esenciales del contrato.

Además y como consecuencia de la cancelación de la programación, por el órgano competente se deberá incoar y tramitar expediente de “desreparcelación” o “parcelación inversa” con el objeto de restituir a los propietarios en sus fincas iniciales o aportadas, garantizando así la devolución de las contribuciones en especie a los gastos de urbanización efectivamente satisfechas.

Otra consecuencia de la cancelación de la programación, por el órgano competente será incoar y tramitar expediente de revisión del Plan Parcial, dado que, como se ha constatado no procede en el momento actual que el desarrollo urbanístico se materialice del modo plasmado en tal documento de planeamiento.

Se ha acordado también que, en su momento, se proceda a la apertura y tramitación de expediente para la determinación de daños y perjuicios habidos y soportados indebidamente tanto por la Administración, como por terceros afectados.

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